{"id":1384,"date":"2018-01-15T08:10:12","date_gmt":"2018-01-15T08:10:12","guid":{"rendered":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/?p=1384"},"modified":"2018-01-15T08:10:12","modified_gmt":"2018-01-15T08:10:12","slug":"sentencia-del-tribunal-supremo-responsabilidad-civil-profesional-y-procuradores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/sentencia-del-tribunal-supremo-responsabilidad-civil-profesional-y-procuradores\/","title":{"rendered":"Una procuradora es declarada responsable civil solidaria, al no citar a su representada a una comparecencia. Sentencia del Tribunal Supremo n\u00ba 598\/2017"},"content":{"rendered":"<p><strong>Responsabilidad civil profesional y procuradores<\/strong><\/p>\n<p><em>Sentencia del Tribunal Supremo n\u00ba 598\/2017, de 8 de noviembre, de la Sala de lo Civil<\/em><\/p>\n<p>Una procuradora es declarada responsable civil solidaria, junto al abogado, por su actuaci\u00f3n negligente, al no citar a su representada a una comparecencia, a la que tampoco asisti\u00f3 aqu\u00e9l, aunque hab\u00eda reconoci\u00f3 haber recibido la notificaci\u00f3n de la citaci\u00f3n por parte de la procuradora mediante fax.<\/p>\n<p>La delimitaci\u00f3n de las funciones propias de los procuradores y las del abogado en la representaci\u00f3n y defensa de su cliente com\u00fan, y sus respectivas responsabilidades contractuales, ha sido objeto de numerosos pronunciamientos judiciales.<\/p>\n<p>En el presente caso, el Alto Tribunal analiza la actuaci\u00f3n de una procuradora que no inform\u00f3 a su representado de la convocatoria de una comparecencia, en el seno de un procedimiento de liquidaci\u00f3n del r\u00e9gimen econ\u00f3mico-matrimonial. La ausencia del representado y de su abogado en el acto de la comparecencia, le ocasion\u00f3 un perjuicio econ\u00f3mico, al ser aprobada la propuesta de liquidaci\u00f3n presentada por su contraparte, en virtud de la cual se le adjudicaba un inmueble ganancial sobre el que, adem\u00e1s, exist\u00eda discrepancia en cuanto a su valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p>En fase de primera instancia, el Juzgado no observ\u00f3 una conducta negligente de la procuradora, declarando responsable s\u00f3lo al abogado, bas\u00e1ndose exclusivamente en que hab\u00eda reconocido haber recibido la mencionada citaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Por el contrario, tanto el Tribunal Supremo como la Audiencia Provincial, consideran la actuaci\u00f3n del procurador negligente, porque ante la falta de comparecencia del abogado, y aunque este hubiese reconocido la notificaci\u00f3n de la citaci\u00f3n, debi\u00f3 intentar contactar con \u00e9l o con su representado o suspender o poner alguna objeci\u00f3n al desarrollo de la comparecencia. As\u00ed se lo exige el deber de tener informado al representado y a su abogado del curso del asunto que se le hubiera confiado hasta haber concluido el pleito (Art. 26.2.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en adelante LEC).<\/p>\n<p>La sentencia pronunciada por la Audiencia, que revoc\u00f3 la dictada en primera instancia, declarando la responsabilidad solidaria de la procuradora, fue confirmada por el Alto Tribunal, que destaca la circunstancia de que teniendo encomendada por el juzgado la notificaci\u00f3n a su representada para asistir de forma personal e ineludible a la comparecencia, ni si quiera intent\u00f3 conocer si el Letrado la hab\u00eda podido citar. A\u00f1ade, que al procurador se le exige una diligencia m\u00ednima consistente en:<\/p>\n<p>a) Citar al poderdante, como le exig\u00eda el Juzgado,<\/p>\n<p>b) Comunicar al Juzgado la falta de comunicaci\u00f3n con \u00e9l y<\/p>\n<p>c) Solicitar del juzgado la suspensi\u00f3n de la comparecencia.<\/p>\n<p>Aclara el Tribunal, que no se trata de interferir en las funciones propias del abogado, sino del cumplimento de la obligaci\u00f3n que se le exige al procurador de tener informado al representado y a su abogado del curso del asunto que se le hubiera confiado hasta haber concluido el pleito (art\u00edculo 26.2. 3\u00ba de la LEC), y de comunicar de manera inmediata al tribunal la imposibilidad de cumplir alguna actuaci\u00f3n que tenga encomendada.<\/p>\n<p>En suma, los procuradores no pueden quedar exonerados de responsabilidad ampar\u00e1ndose en que han comunicado diligentemente al abogado un acto procesal, sino que deben tener informado a su representado en todo momento del transcurso del procedimiento encomendado, e incluso comunicar al tribunal la imposibilidad de cumplir la actuaci\u00f3n y en su caso, solicitar su suspensi\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Responsabilidad civil profesional y procuradores Sentencia del Tribunal Supremo n\u00ba 598\/2017, de 8 de noviembre, de la Sala de lo Civil Una procuradora es declarada responsable civil solidaria, junto al abogado, por su actuaci\u00f3n negligente, al no citar a su representada a una comparecencia, a la que tampoco asisti\u00f3 aqu\u00e9l, aunque hab\u00eda reconoci\u00f3 haber recibido [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1369,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"inline_featured_image":false,"footnotes":""},"categories":[19],"tags":[20,21,22,23,24],"class_list":["post-1384","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-noticias","tag-comparecencia","tag-procuradores","tag-responsabilidad-civil-profesional","tag-sentencia","tag-tribunal-supremo"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1384","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1384"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1384\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1384"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1384"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1384"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}