{"id":4573,"date":"2021-03-12T20:38:18","date_gmt":"2021-03-12T20:38:18","guid":{"rendered":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/?p=4573"},"modified":"2021-03-12T20:38:18","modified_gmt":"2021-03-12T20:38:18","slug":"el-ts-declara-que-en-un-seguro-obligatorio-de-caza-no-cabe-excluir-de-cobertura-a-los-familiares-del-asegurado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/el-ts-declara-que-en-un-seguro-obligatorio-de-caza-no-cabe-excluir-de-cobertura-a-los-familiares-del-asegurado\/","title":{"rendered":"El TS declara que en un seguro obligatorio de caza no cabe excluir de cobertura a los familiares del asegurado"},"content":{"rendered":"<p>Sentencia n\u00ba 96\/2021 del Tribunal Supremo, de 23 de febrero, dictada por la Sala de lo Civil, recurso de casaci\u00f3n 399\/2018<\/p>\n<p>La presente controversia tiene su origen en la acci\u00f3n de reclamaci\u00f3n de cantidad ejercitada por una v\u00edctima de una accidente de caza, amparado en una p\u00f3liza de seguro obligatorio de cazador, como consecuencia de las lesiones padecidas en el ejercicio de la caza, por un disparo del arma efectuado por el asegurado, que result\u00f3 ser su hijo. Dicha actividad estaba debidamente autorizada, tanto para el autor de los hechos como para el lesionado que lo acompa\u00f1aba y participaba en la actividad de caza.<\/p>\n<p>La p\u00f3liza de seguro de caza dispone lo siguiente:<\/p>\n<p>En el <em>art\u00edculo primero de las condiciones generales<\/em> de la p\u00f3liza consta, bajo el ep\u00edgrafe &#8220;objeto y extensi\u00f3n del seguro&#8221;, apartado 1.1. Objeto del Seguro que:<\/p>\n<p><em>&#8220;En los t\u00e9rminos y condiciones consignados en la p\u00f3liza la compa\u00f1\u00eda toma a su cargo la responsabilidad civil extracontractual que pueda derivarse para el Asegurado, de acuerdo con las leyes vigentes como consecuencia de los da\u00f1os, personales o materiales, y perjuicios consecuenciales causados involuntariamente a terceros con ocasi\u00f3n del ejercicio legal y reglamentario, y no profesional, del deporte de la caza, incluida la caza mayor&#8221;.<\/em><\/p>\n<p>En el <em>art\u00edculo tercero<\/em> se se\u00f1ala, bajo el ep\u00edgrafe &#8220;Riesgos y Garant\u00edas que puedan ser cubiertos por la Compa\u00f1\u00eda a solicitud del Tomador&#8221; que:<\/p>\n<p><em>&#8220;[&#8230;] Por el Riesgo primero, de contrataci\u00f3n obligatoria, la presente p\u00f3liza garantiza las consecuencias que pudieran derivarse para el Asegurado de la obligaci\u00f3n del Asegurado de indemnizar los da\u00f1os personales causados a terceros con ocasi\u00f3n de la acci\u00f3n de cazar con armas, en los t\u00e9rminos previstos en el Reglamento del seguro de Responsabilidad Civil del Cazador, de suscripci\u00f3n obligatoria (R.D.63\/1994, de 21 de Enero), de tal manera que quedan cubiertos:<\/em><\/p>\n<p>a) Los da\u00f1os referidos en el apartado anterior ocasionados por un disparo involuntario del arma.<\/p>\n<p>b) Los da\u00f1os referidos en el apartado anterior ocasionados en el tiempo de descanso, dentro de los l\u00edmites del terreno de caza en tanto se est\u00e9 practicando la misma.<\/p>\n<p><em>En la definici\u00f3n de lo que se entiende por tercero, en el preliminar de las condiciones particulares, apartado 3, se se\u00f1ala que la condici\u00f3n de tercero &#8220;[&#8230;] Ia re\u00fane cualquier persona f\u00edsica o jur\u00eddica distinta de: [&#8230;] b) Los c\u00f3nyuges, (de hecho y de derecho), ascendientes, descendiente y colaterales del tomador del seguro y asegurados&#8221;.<\/em><\/p>\n<p>En primera instancia se desestim\u00f3 la demanda en aplicaci\u00f3n de las condiciones de la p\u00f3liza conforme a las cuales est\u00e1n excluidos de la cobertura los da\u00f1os de toda \u00edndole causados a los c\u00f3nyuges, ascendientes, descendientes y colaterales del tomador del seguro y del asegurado.<\/p>\n<p>Sin embargo, interpuesto recurso de apelaci\u00f3n por parte del demandante la Audiencia Provincia lo estim\u00f3 parcialmente por entender que el Real Decreto 63\/1994, que regula el seguro obligatorio de caza no contempla\u00a0 tal exclusi\u00f3n y que esta circunstancia por s\u00ed sola parece suficiente para considerar la cl\u00e1usula nula de pleno derecho, pues, aunque se ofrezca la posibilidad de contratar una cobertura complementaria, lo cierto es que la modalidad b\u00e1sica, bajo la apariencia de un seguro obligatorio, lo que se est\u00e1 ofreciendo realmente es una extensi\u00f3n menor con cuya suscripci\u00f3n el interesado no cumple de manera perfecta y plena su obligaci\u00f3n legal de asegurarse. A\u00f1ade, que si no se entendiera as\u00ed, es evidente que la mencionada exclusi\u00f3n merece el tratamiento previsto en el art. 3 LCS para las cl\u00e1usulas limitativas de los derechos del asegurado.<\/p>\n<p>El TS desestima el recurso de casaci\u00f3n interpuesto por la compa\u00f1\u00eda aseguradora, -en el que, b\u00e1sicamente, insiste en que la cl\u00e1usula no es limitativa del derecho del asegurado, sino delimitadora del riesgo-, porque, al hallarnos ante un seguro de responsabilidad civil obligatorio del cazador, al que le es aplicable el r\u00e9gimen de los art\u00edculos 73 a 76 de la Ley de Contrato de Seguro (LCS),\u00a0 -como establece expresamente el art. 1.3 a) del Real Decreto 63\/1994, de 21 de enero-, los da\u00f1os cubiertos son, l\u00f3gicamente, los sufridos por el tercero, no los padecidos por el asegurado, en este caso el cazador.\u00a0 De ah\u00ed que la condici\u00f3n general tercera de la p\u00f3liza declare que se garantizan, por el riesgo suscrito la obligaci\u00f3n del asegurado de indemnizar los da\u00f1os personales causados a terceros con ocasi\u00f3n de la acci\u00f3n de cazar con armas, en los t\u00e9rminos previstos en el Reglamento del seguro de Suscripci\u00f3n obligatoria.<\/p>\n<p>En este caso, no cabe duda que el padre del asegurado es indiscutiblemente un tercero, con lo que se cumple el presupuesto propio de un seguro de responsabilidad civil. La propia cl\u00e1usula contractual, antes transcrita, se\u00f1ala que la compa\u00f1\u00eda se compromete a dar cobertura al asegurado en los t\u00e9rminos previstos en el precitado reglamento, e igualmente se rese\u00f1a en la p\u00f3liza, que lo contratado fue el seguro obligatorio de RC del cazador, cuya normativa reguladora no excluye, dentro de los l\u00edmites legales de cobertura, a los familiares del asegurado, que no quedan al margen del seguro obligatorio.\u00a0 Tampoco figura espec\u00edficamente contemplada tal exclusi\u00f3n en los casos previstos como tales de la condici\u00f3n general 1.5 de la P\u00f3liza.<\/p>\n<p>La Sala rechaza la pretensi\u00f3n de la compa\u00f1\u00eda demandada, que pretende atribuir la naturaleza de condici\u00f3n de delimitadora del riesgo a la definici\u00f3n de tercero, que figura en el \u00e1mbito preliminar de las condiciones generales de la p\u00f3liza, que va en contra de la propia configuraci\u00f3n normativa del seguro obligatorio suscrito, al que se comprometi\u00f3 dar cobertura la compa\u00f1\u00eda demandada. El propio art. 73 LCS se\u00f1ala que el asegurador se obliga no s\u00f3lo dentro de los l\u00edmites pactados sino los establecidos en la ley. Es m\u00e1s admite que dicha causa de exclusi\u00f3n podr\u00eda ser incluso calificada como lesiva (art. 3 de la LCS), en tanto en cuanto reduce el derecho del asegurado vaci\u00e1ndolo de su contenido legal obligatorio (sentencias 303\/2003, de 20 de marzo y 273\/2016, de 22 de abril).<\/p>\n<p>En definitiva, no nos encontramos ante un seguro suplementario de responsabilidad civil del cazador, en que la libre autonom\u00eda de la voluntad de las partes opera sin los l\u00edmites legales de un aseguramiento obligatorio y en donde una causa de exclusi\u00f3n, como la expuesta, podr\u00eda adquirir, en su caso, juego contractual.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Sentencia n\u00ba 96\/2021 del Tribunal Supremo, de 23 de febrero, dictada por la Sala de lo Civil, recurso de casaci\u00f3n 399\/2018 La presente controversia tiene su origen en la acci\u00f3n de reclamaci\u00f3n de cantidad ejercitada por una v\u00edctima de una accidente de caza, amparado en una p\u00f3liza de seguro obligatorio de cazador, como consecuencia de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1369,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"inline_featured_image":false,"footnotes":""},"categories":[19],"tags":[332],"class_list":["post-4573","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-noticias","tag-seguro-obligatorio-de-caza"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4573","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4573"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4573\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4573"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4573"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4573"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}