{"id":4885,"date":"2021-12-03T20:04:01","date_gmt":"2021-12-03T20:04:01","guid":{"rendered":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/?p=4885"},"modified":"2021-12-03T20:04:01","modified_gmt":"2021-12-03T20:04:01","slug":"el-ts-declara-que-los-empleadores-no-estan-obligados-a-negociar-con-los-representantes-legales-de-los-trabajadores-su-reincorporacion-a-la-actividad-presencial-durante-los-planes-de-desescalada-desple","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/el-ts-declara-que-los-empleadores-no-estan-obligados-a-negociar-con-los-representantes-legales-de-los-trabajadores-su-reincorporacion-a-la-actividad-presencial-durante-los-planes-de-desescalada-desple\/","title":{"rendered":"El TS declara que los empleadores no est\u00e1n obligados a negociar con los representantes legales de los trabajadores su reincorporaci\u00f3n a la actividad presencial durante los planes de desescalada desplegados durante la pandemia del Covid-19"},"content":{"rendered":"<p>Sentencia del Tribunal Supremo n\u00ba 1041\/2021, de 20 de octubre, dictada por la Sala de lo Social en el recurso de casaci\u00f3n 93\/2021<\/p>\n<p>La cuesti\u00f3n a resolver es la de determinar si la Circular de la Directora de Recursos Humanos del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco, de 8 de mayo de 2020, as\u00ed como la Comunicaci\u00f3n del mismo d\u00eda del Jefe de \u00c1rea de Personal y R\u00e9gimen Jur\u00eddico de la Academia Vasca de Polic\u00eda y Emergencias (AVPE), dirigida a todo el personal de ese Organismo Aut\u00f3nomo, y relativas a la reincorporaci\u00f3n con car\u00e1cter general a la actividad presencial, han vulnerado el derecho fundamental a la libertad sindical del Sindicato demandante en su vertiente del derecho a la negociaci\u00f3n colectiva, al haberse adoptado unilateralmente por la empleadora sin haber entablado un previo periodo de negociaci\u00f3n con los representantes de los trabajadores afectados.<\/p>\n<p>El TS sostiene que no se ha producido tal vulneraci\u00f3n porque no hay ninguna norma legal o convencional de la que pueda deducirse la necesidad de negociar una decisi\u00f3n de esa naturaleza,\u00a0 que \u00fanicamente persigue la progresiva vuelta a la normalidad de la actividad laboral presencial en el contexto de la excepcional situaci\u00f3n generada por la crisis sanitaria causada por el Covid-19, y dentro de los planes de desescalada que, tras la declaraci\u00f3n del estado de alarma, se han venido desplegando a tal efecto.<\/p>\n<p>El dise\u00f1o legal de nuestro ordenamiento jur\u00eddico en esta materia pasa por atribuir al empleador la facultad de dirigir y organizar el desarrollo de la actividad laboral; imponi\u00e9ndole la obligaci\u00f3n de negociar previamente con los representantes de los trabajadores en determinados supuestos, espec\u00edficamente identificados y tasados en el ET,-ad exemplum, art. 40 para los traslados; art. 41 al regular las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo (en adelante MSCTS); arts. 47 y 51 para la suspensi\u00f3n y extinci\u00f3n del contrato; o art. 82 en materia de descuelgue del convenio colectivo; o que deriven de lo que se hubiere pactado en tal sentido en la negociaci\u00f3n colectiva.<\/p>\n<p>Tales supuestos no se pueden extender a cualquier clase y todo tipo de decisi\u00f3n empresarial, por el solo y \u00fanico hecho de que afecte de alguna manera a las condiciones laborales. En el presente caso, las circulares impugnadas se limitan a establecer las pautas para recuperar la normalidad en el desarrollo de las relaciones laborales que se vieron alteradas con la excepcional situaci\u00f3n generada por la pandemia y la declaraci\u00f3n del estado de alarma.<\/p>\n<p>Asimismo, se recuerda que en sus sentencias de 15 de julio de 2021, rec. 74\/2021 y 12 de mayo de 2021, rec. 164\/2020, en supuestos en los que la empresa adopt\u00f3 unilateralmente una serie de medidas de modificaci\u00f3n de jornadas, horarios y sistemas de trabajo, en raz\u00f3n de la excepcional situaci\u00f3n surgida tras la declaraci\u00f3n del estado de alarma, se consider\u00f3 que tales decisiones empresariales &#8220;<em>son consecuencia de la excepcional situaci\u00f3n derivada del estado de alarma a consecuencia del COVID-19, y no constituyen una modificaci\u00f3n sustancial de las condiciones de trabajo. La empresa se ha limitado a aplicar la normativa al respecto, a partir del Real Decreto 463\/2020, de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma para la gesti\u00f3n de la crisis sanitaria provocada por la COVID-19, cohonest\u00e1ndola con la normativa de prevenci\u00f3n de riesgos, en todo caso, para preservar la vida y la integridad de los trabajadores ante esta situaci\u00f3n excepcional y temporal, dentro del adecuado marco del poder de direcci\u00f3n y organizaci\u00f3n asignado a la empresa. Tal situaci\u00f3n, atendiendo a las circunstancias f\u00e1cticas reflejadas en el relato de hechos probados, que damos aqu\u00ed por reproducidos, contrariamente a lo se\u00f1alado por los recurrentes, no constituye una MSCT del art. 41 ET<\/em>&#8220;.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se enfatiza que en el presente caso ni tan siquiera se alega que la decisi\u00f3n en litigio pudiere calificarse como MSCT, y, a mayor abundamiento, se da la circunstancia de que tales medidas no solo no tienen como finalidad la alteraci\u00f3n del r\u00e9gimen de trabajo ordinario, sino, todo lo contrario, la reinstauraci\u00f3n de las condiciones laborales normales y habituales que vienen rigiendo el desempe\u00f1o del contrato de trabajo. De forma que, de la misma forma que la empresa se vio compelida a modificar unilateralmente ese mismo r\u00e9gimen ordinario, para implantar provisionalmente el sistema de trabajo a distancia tras la declaraci\u00f3n del estado de alarma, sin que en aquel momento se cuestionara la necesidad de negociar previamente esa decisi\u00f3n con los representantes de los trabajadores, tampoco ahora le es exigible ninguna clase de negociaci\u00f3n para recuperar la normalidad en el desarrollo de la relaci\u00f3n laboral.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, se rechaza que la mera convocatoria de esa reuni\u00f3n suponga la aceptaci\u00f3n por parte de la empresa de la necesidad de negociar previamente su contenido, sino, tan solo, su voluntad de informar a los representantes de los trabajadores de las condiciones bajo las que se recuperaba la ordinaria y habitual prestaci\u00f3n de servicios presenciales.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Sentencia del Tribunal Supremo n\u00ba 1041\/2021, de 20 de octubre, dictada por la Sala de lo Social en el recurso de casaci\u00f3n 93\/2021 La cuesti\u00f3n a resolver es la de determinar si la Circular de la Directora de Recursos Humanos del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco, de 8 de mayo de 2020, as\u00ed como [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1369,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"inline_featured_image":false,"footnotes":""},"categories":[19],"tags":[210],"class_list":["post-4885","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-noticias","tag-negociacion-colectiva"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4885","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4885"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4885\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4885"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4885"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4885"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}