{"id":5667,"date":"2022-12-21T19:40:22","date_gmt":"2022-12-21T19:40:22","guid":{"rendered":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/?p=5667"},"modified":"2022-12-21T19:40:22","modified_gmt":"2022-12-21T19:40:22","slug":"el-ts-considera-vulnerada-la-garantia-de-indemnidad-en-el-despido-de-un-trabajador-realizado-el-dia-despues-de-que-manifestara-al-empresario-su-disconformidad-con-la-falta-de-pago-del-exceso-d","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/el-ts-considera-vulnerada-la-garantia-de-indemnidad-en-el-despido-de-un-trabajador-realizado-el-dia-despues-de-que-manifestara-al-empresario-su-disconformidad-con-la-falta-de-pago-del-exceso-d\/","title":{"rendered":"El TS considera vulnerada la garant\u00eda de indemnidad en el despido de un trabajador realizado el d\u00eda despu\u00e9s de que manifestara al empresario su disconformidad con la falta de pago del exceso de jornada, lo que le imposibilit\u00f3 efectuar una reclamaci\u00f3n judicial"},"content":{"rendered":"<p>Sentencia n\u00ba 917\/2022 del Tribunal Supremo, de 15 de noviembre, dictada por el Pleno de la Sala de lo Social, recurso de casaci\u00f3n para la unificaci\u00f3n de doctrina n\u00ba 2645\/2021<\/p>\n<p>La controversia litigiosa radica en dilucidar si la garant\u00eda de indemnidad, con la consiguiente declaraci\u00f3n de nulidad del despido, es aplicable a un supuesto en el que un trabajador con un contrato de duraci\u00f3n determinada, que finalizaba un mes y 24 d\u00edas despu\u00e9s, fue despedido el d\u00eda despu\u00e9s de que manifestara su disconformidad con la falta de pago del exceso de jornada, aleg\u00e1ndose como causa del despido disciplinario una disminuci\u00f3n del rendimiento que no se ha probado. Ese despido, inmediatamente despu\u00e9s de la reclamaci\u00f3n, imposibilit\u00f3 que el actor efectuara alguna reclamaci\u00f3n judicial.<\/p>\n<p>El TS considera que el despido enjuiciado vulner\u00f3 la garant\u00eda de indemnidad, &#8211; instrumento jur\u00eddico cuya finalidad es garantizar la efectividad de los derechos fundamentales que ha desplegado su virtualidad en relaci\u00f3n con el ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva reconocido por el art. 24 de la Constituci\u00f3n y cuya funci\u00f3n consiste en permitir que el trabajador ejercite sus derechos frente al empresario sin el riesgo de recibir de \u00e9ste una reacci\u00f3n de represalia del trabajador- por lo que debe dicho despido declararse nulo.<\/p>\n<p>El razonamiento jur\u00eddico del Pleno es el siguiente:<\/p>\n<p>1- Las reclamaciones internas de los derechos en el seno de la empresa, cuando el empresario no las acepta, pueden agotarse o bien dar lugar a una reclamaci\u00f3n judicial posterior.<\/p>\n<p>Por el contrario, con car\u00e1cter general, las reclamaciones judiciales de derechos est\u00e1n precedidas de manifestaciones de disconformidad con alg\u00fan aspecto de la relaci\u00f3n laboral efectuadas por parte del trabajador al empleador.<\/p>\n<p>En la presente litis nos encontramos con un supuesto excepcional, que ya ha sido descrito anteriormente, que imposibilit\u00f3 al trabajador efectuar una reclamaci\u00f3n; imposibilidad \u00fanicamente imputable al empleador.<\/p>\n<p>2.- Los hechos anteriores al despido son los que hay que tener en cuenta para su calificaci\u00f3n, siendo irrelevante la circunstancia de que, con posterioridad, el trabajador ejercite o no una reclamaci\u00f3n judicial reclamando el exceso de jornada, porque si se valorasen los hechos posteriores se incurrir\u00eda en un sesgo retrospectivo que distorsionar\u00eda el enjuiciamiento. De atribuirse relevancia jur\u00eddica a los hechos posteriores al despido se incentivar\u00eda que, cuando se produjera un despido y hubiera una previa reclamaci\u00f3n interna de un derecho por parte del trabajador, los trabajadores que pretendieran la calificaci\u00f3n de la nulidad del despido interpusieran con posterioridad una demanda reclamando ese derecho para vincularla con la previa reclamaci\u00f3n interna, lo que estimular\u00eda las reclamaciones judiciales con la finalidad de conseguir, no solamente el reconocimiento del derecho sino la declaraci\u00f3n de nulidad del despido previo.<\/p>\n<p>3.- Como regla general las reclamaciones internas en el seno de la empresa no activan la garant\u00eda de indemnidad, pero si un trabajador efect\u00faa una reclamaci\u00f3n interna e inmediatamente despu\u00e9s es despedido sin que la empresa acredite la existencia de un incumplimiento que justifique la extinci\u00f3n de la relaci\u00f3n contractual, se debe concluir que la imposibilidad de formular la reclamaci\u00f3n con anterioridad al despido es imputable \u00fanicamente al empresario, por lo que en este concreto contexto temporal opera la presunci\u00f3n de la vulneraci\u00f3n de dicha garant\u00eda que obliga al empleador a acreditar que el despido ha sido ajeno a la violaci\u00f3n del derecho fundamental recogido en el art. 24 de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola.<\/p>\n<p>4.- La tesis contraria incentivar\u00eda que ante cualquier reclamaci\u00f3n interna en el seno de la empresa el empleador procediera a despedir inmediatamente al trabajador, antes de que \u00e9ste pudiera ejercitar la reclamaci\u00f3n judicial, con la finalidad de evitar la declaraci\u00f3n de nulidad del despido.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Sentencia n\u00ba 917\/2022 del Tribunal Supremo, de 15 de noviembre, dictada por el Pleno de la Sala de lo Social, recurso de casaci\u00f3n para la unificaci\u00f3n de doctrina n\u00ba 2645\/2021 La controversia litigiosa radica en dilucidar si la garant\u00eda de indemnidad, con la consiguiente declaraci\u00f3n de nulidad del despido, es aplicable a un supuesto en [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1369,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"inline_featured_image":false,"footnotes":""},"categories":[19],"tags":[139,376],"class_list":["post-5667","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-noticias","tag-despido","tag-garantia-de-indemnidad"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5667","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5667"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5667\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5667"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5667"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5667"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}