{"id":7509,"date":"2025-09-04T16:25:10","date_gmt":"2025-09-04T16:25:10","guid":{"rendered":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/?p=7509"},"modified":"2025-09-04T16:47:29","modified_gmt":"2025-09-04T16:47:29","slug":"el-ts-declara-que-no-constituye-tiempo-efectivo-de-trabajo-el-empleado-por-los-trabajadores-designados-presidente-y-vocales-de-las-mesas-electorales-en-los-procesos-de-seleccion-de-representantes-de-l","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/el-ts-declara-que-no-constituye-tiempo-efectivo-de-trabajo-el-empleado-por-los-trabajadores-designados-presidente-y-vocales-de-las-mesas-electorales-en-los-procesos-de-seleccion-de-representantes-de-l\/","title":{"rendered":"El TS declara que no constituye tiempo efectivo de trabajo el empleado por los trabajadores designados presidente y vocales de las mesas electorales en los procesos de selecci\u00f3n de representantes de los trabajadores en la empresa"},"content":{"rendered":"<p>Sentencia del Tribunal Supremo n\u00ba 537\/2025, de 4 de junio, dictada por la Sala de lo Social, recurso de casaci\u00f3n n\u00ba 234\/2023<\/p>\n<p>La cuesti\u00f3n objeto de esta litis se centra en determinar si es tiempo de trabajo, a todos los efectos, el empleado por los trabajadores designados Presidente y Vocales de las mesas electorales en los procesos de selecci\u00f3n de representantes de los trabajadores en la empresa Paradores de Turismo de Espa\u00f1a SME, SA.<\/p>\n<p>La AN declar\u00f3 que el tiempo dedicado por los trabajadores designados como Presidente y Vocales de las mesas electorales en los procesos de elecci\u00f3n de representantes unitarios s\u00ed constituye tiempo de trabajo a todos los efectos.<\/p>\n<p>Sin embargo, el Tribunal Supremo llega a la conclusi\u00f3n contraria, tras analizar la legislaci\u00f3n nacional aplicable (art\u00edculos 37, 67, 73, 74 y 75 del ET y el art\u00edculo 5 del Real Decreto 1844\/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a \u00f3rganos de representaci\u00f3n de los trabajadores en la empresa) y la Directiva 2003\/88\/CE, que regula determinados aspectos de la ordenaci\u00f3n del tiempo de trabajo, as\u00ed como la jurisprudencia del TJUE, que recapitula se\u00f1alando que el criterio de autoridad prevalece frente al espacial y que el elemento profesional concurre aunque las tareas realizadas no sean las habituales, sino otras en conexi\u00f3n con ellas (entre otras, SSTJUE de 9 de julio de 2015, asunto C- 87\/2014; 28 de octubre de 2021 asunto C-909\/2019 y de 9 de marzo de 2021 asunto C-580\/19).<\/p>\n<p>Se considera que, aunque los miembros de las mesas electorales est\u00e1n f\u00edsicamente en el centro de trabajo no est\u00e1n bajo la autoridad ni direcci\u00f3n del empresario durante el desempe\u00f1o de esas funciones, que son impuestas por ley y no forman parte de sus tareas habituales ni est\u00e1n vinculadas a la organizaci\u00f3n empresarial. Por tanto, no concurren los elementos esenciales para considerar ese tiempo como tiempo de trabajo efectivo, sin perjuicio de que ese tiempo sea retribuido, como una licencia, de modo an\u00e1logo a lo que sucede con el derecho a ausentarse del trabajo para ejercer el derecho al sufragio activo, como admite la propia empresa y, sin perjuicio, de los efectos jur\u00eddicos o econ\u00f3micos derivados de ese consideraci\u00f3n de permiso o licencia retribuida, la cual precisamente atiende a la utilidad que para la empresa tiene la elecci\u00f3n de representantes, esto es, un interlocutor v\u00e1lido a efectos, por ejemplo, de la negociaci\u00f3n colectiva.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Sentencia del Tribunal Supremo n\u00ba 537\/2025, de 4 de junio, dictada por la Sala de lo Social, recurso de casaci\u00f3n n\u00ba 234\/2023 La cuesti\u00f3n objeto de esta litis se centra en determinar si es tiempo de trabajo, a todos los efectos, el empleado por los trabajadores designados Presidente y Vocales de las mesas electorales en [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"inline_featured_image":false,"footnotes":""},"categories":[19],"tags":[243,439],"class_list":["post-7509","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-noticias","tag-derecho-laboral","tag-trabajo-efectivo"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7509","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=7509"}],"version-history":[{"count":7,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7509\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":7516,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7509\/revisions\/7516"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7509"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=7509"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.everlawlegal.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=7509"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}