El Tribunal Supremo fija como doctrina legal que las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
La controversia que se venía suscitando sobre la exención o no de las prestaciones de maternidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, IRPF), ha sido resuelta por el Tribunal