Se mantiene la tramitación parlamentaria de la Proposición de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Vasco que propone suprimir la pena de prisión permanente revisable, al ser rechazadas las enmiendas a la totalidad presentadas por los Grupos Parlamentarios del PP y de Ciudadanos.

15 de marzo de 2018

La Proposición de Ley presentada el 7 de septiembre de 2016 por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), con número de expediente (122/000020), para suprimir la prisión permanente revisable, mantiene su tramitación parlamentaria, al haber sido rechazadas en el Congreso de los Diputdos las enmiendas a la totalidad de texto alternativo a la Proposición de Ley […]

La Proposición de Ley presentada el 7 de septiembre de 2016 por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), con número de expediente (122/000020), para suprimir la prisión permanente revisable, mantiene su tramitación parlamentaria, al haber sido rechazadas en el Congreso de los Diputdos las enmiendas a la totalidad de texto alternativo a la Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, presentadas por los Grupos Parlamentarios del Partido Popular y de Ciudadanos. Las votaciones arrojaron el siguiente resultado: 178 votos en contra, 167 a favor y 1 abstención.

El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), en la exposición de motivos de su iniciativa parlamentaria, declara que: “…se propone la supresión de la prisión permanente revisable por no hallarse justificada desde razones de política criminal y por considerarla inconstitucional por varios motivos. Atenta contra la dignidad de los seres humanos (art. 10 CE). Atenta contra la prohibición de penas inhumanas y tratos crueles y degradantes (art. 15 CE). Vulnera el mandato constitucional de que las penas estén orientadas a la reeducación y reinserción social (art. 25.2 CE). Y Rompe peligrosamente con uno de los consensos constitucionales de 1978 de no establecer la cadena perpetua. Vulnera el principio constitucional de legalidad establecido en el artículo 25.1 CE. Y, finalmente, existen posibilidades de error judicial que sería irreparable.”

Esta situación contrasta con la tramitación del Anteproyecto de Ley Orgánica de Modificación del Código Penal que impulsó el Consejo de Ministros el pasado 9 de febrero de 2018, tras recibir el informe del ministro de justicia, que propone ampliar la aplicación de la pena de prisión permanente revisable a cinco nuevos delitos: asesinato con obstrucción de la recuperación del cadáver, asesinato después de secuestro, las violaciones en serie, la violación a un menor tras privarle de libertad o torturarle, y las muertes en incendios, estragos (destrucción de grandes infraestructuras) o liberación de energía nuclear o elementos radiactivos.

Fuente: www.congreso.es

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